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Se actualiza precio base máximo de acopio de la caña de azúcar para la zafra 2023-2024.

Atendiendo a las facultades del Consejo de Ministros, le corresponde aprobar los precios y tarifas de la nomenclatura de productos y servicios en pesos cubanos, dispuestos en el Anexo Único del Decreto 24 “Facultades para la aprobación de precios y tarifas”, del 25 de noviembre de 2020.

En tal sentido, la Gaceta Oficial de la República No. 11 del 2 de febrero de 2024, publica el Acuerdo 9802 del 10 de enero de 2024, que establece el precio base máximo de acopio, en pesos cubanos por toneladas métrica, de la caña de azúcar.

La zafra azucarera 2023-2024 se desarrolla en un complejo escenario, con bajos rendimientos agrícolas e industriales, derivado entre otras causas de las dificultades en el abastecimiento de recursos e insumos necesarios, fundamentalmente por la no disponibilidad de divisas y los efectos directos del bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el Gobierno de los Estados Unidos a Cuba.

Como parte del programa aprobado por el Gobierno para salvar la agroindustria azucarera, se ejecutan 93 medidas, que fundamentan como prioridad incrementar la siembra de caña para las próximas zafras, y se ratifica la aplicación en AZCUBA del nuevo modelo económico financiero para la comercialización y aprobación de precios, que permite destinar el incremento de los ingresos por ventas de meladuras y alcoholes, mediante la aplicación del impuesto especial, al pago de deudas y compensar resultados de actividades irrentables. 

En la actualización de precios de la caña de azúcar, se han considerado entre otras, las premisas siguientes: reconocer los incrementos de gastos de fertilizantes e insumos a los precios actuales; actualizar los importes de anticipos y salarios a pagar al productor; mantener la argumentación del precio con base a un rendimiento agrícola promedio de 40 toneladas por hectáreas, aun cuando el estimado para la zafra 2023- 2024 es de rendimiento de 31,2 toneladas por hectáreas; incrementar la masa de utilidad por tonelada de caña, que permita un 15 % de utilidades sobre el total de gastos, lo que puede revertir en mejores pagos a los trabajadores en unidades productoras que eleven rendimientos o disminuyan los costos y gastos de la producción.

Entre los impactos de la actualización de precios se prevén una mayor estimulación al productor, al reconocer gastos incrementados de los insumos y un mayor anticipo a pagar a los trabajadores, y se mantienen en el Presupuesto del Estado gastos corrientes a financiar a AZCUBA, en similares magnitudes al año 2023, en respaldo a las 93 medidas aprobadas para salvar la agroindustria azucarera, según los niveles de actividad.

Consecuentemente, se emiten por el Ministro de Finanzas y Precios, las resoluciones que modifican los precios mayoristas de azúcares, mieles y alcoholes, y adecúa el impuesto especial a producto.

En aras de evitar la dispersión legislativa, se deja sin efectos el Acuerdo 9550 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, del 31 de marzo de 2023.

MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS

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